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Fundaciones de Interés Privado

Máxima protección patrimonial y sucesión segura. Una estructura única que fusiona solidez corporativa y flexibilidad fiduciaria.

La herramienta jurídica definitiva para su legado

Las Fundaciones de Interés Privado en Panamá le permiten administrar eficientemente sus bienes y planificar su sucesión, transfiriendo su legado sin someter a su familia a largos, costosos y públicos procesos hereditarios.

Usted tiene la capacidad de separar una porción o la totalidad de su patrimonio bajo un marco de absoluta confidencialidad, simplicidad y seguridad.

El Acta Fundacional

Documento de carácter público que formaliza la creación y da vida a la entidad jurídica.

El Reglamento Privado

Documento estrictamente confidencial. No se inscribe en registros públicos. Detalla minuciosamente los activos, nombra beneficiarios y establece reglas exactas de distribución.

La herramienta jurídica definitiva para su legado

Confidencialidad Total

Su información privada y la identidad de sus beneficiarios se mantienen estrictamente protegidas bajo la legislación panameña.

Control y Administración del Patrimonio

A diferencia de un fideicomiso tradicional donde se cede el control a terceros, aquí usted transfiere la titularidad y las facultades de administración directamente a la Fundación, operada por un Consejo de Fundación.

Obligación Fiduciaria

El consejo debe acatar estrictamente las directrices dictadas por el fundador en el Acta y Reglamento, velando exclusivamente por los intereses de los beneficiarios designados.

Naturaleza Protectora

A diferencia de sociedades mercantiles, están diseñadas para la protección y gestión patrimonial. No pueden dedicarse de manera habitual o recurrente a actividades comerciales.

Beneficios Estratégicos y Usos en Panamá

Estructurar una Fundación de Interés Privado con nuestra firma le otorga ventajas legales, fiscales y operativas inigualables.

Flexibilidad Comercial Limitada

Aunque sin fines de lucro, pueden participar en transacciones comerciales no habituales y ejercer derechos accionarios para cumplir propósitos fundacionales.

Blindaje Patrimonial Absoluto

Los bienes son un patrimonio separado: inembargables y libres de responder por deudas personales, demandas civiles del fundador o beneficiarios.

Optimización Fiscal Integral

Total exención de impuestos en Panamá sobre cualquier renta, ganancia o dividendo proveniente de fuentes extranjeras (offshore).

Sucesión Privada y Automática

Al fallecer el fundador, la transferencia de bienes a beneficiarios es inmediata. Se eliminan juicios de sucesión y declaratorias de herederos.

Estructura de Consejo Versátil

Conformado por un mínimo de tres personas naturales (incluyendo al fundador si lo desea), una persona jurídica, o ambas figuras.

Activación a la Medida

Pueden generar beneficios durante la vida del fundador, o estructurarse para surtir efectos exclusivamente a partir de su fallecimiento.

Movilidad Jurisdiccional

Tienen capacidad legal para trasladar su domicilio y emigrar hacia otras jurisdicciones internacionales que reconozcan la figura.

Blinde su patrimonio hoy mismo

Nuestros abogados especialistas están listos para diseñar la estructura fiduciaria perfecta que garantice la protección de sus activos y la tranquilidad de su familia.

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